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- SENTENCIA
- 30 de Octubre de 2020
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala 08
- Magistrados: Victor Arturo Pesino - Maria Dora González
Debe desestimarse la solicitud de nulidad del despido, efectuada por el trabajador que adujo ser objeto de un despido discriminatorio debido a su estado de salud y a su condición de activista político, dado que con respecto a la enfermedad aludida -enfisema pulmonar-, esta solo fue citada por la declaración de ex compañeros de trabajo quienes dijeron saber de la dolencia por conversaciones con el actor, lo que evidencia la falta de acreditación de la condición de salud desfavorable y de la conducta discriminatoria del empleador; y en cuanto a la actuación gremial y/o política del actor, resulta claro que la misma no se encuentra tutelada por la garantía gremial prevista en la Ley 23551, puesto que sólo tienen derecho a la estabilidad los trabajadores que poseen representación sindical orgánica y no aquellos activistas o militantes, vinculados a la actividad profesional, pero que no han accedido a los cargos, ni han sido electos delegados.
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Carátula: Barone, Sergio Sebastián c/ Cartonería Acevedo S.A. s/ juicio sumarísimo
Fuente de Información

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda