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- SENTENCIA
- 23 de Noviembre de 2023
- CAMARA NACIONAL ELECTORAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Alberto R. Dalla Vía (en disidencia) - Santiago H. Corcuera - Daniel Bejas
Corresponde disponer, de conformidad con lo previsto por el artículo 118 del Código Electoral Nacional, la reapertura de urnas y el recuento de votos para determinar qué candidato resultó vencedor en las elecciones para Intendente, puesto que el tribunal no puede pasar por alto la exigua diferencia de votos entre las agrupaciones, encontrándose en juego la atribución del cargo ejecutivo de la localidad, y que las referidas mesas se encuentran dentro de una división territorial determinada. Además, cabe resaltar que surgen diferencias sustanciales en los resultados de esas mesas respecto del resto de la sección a la que pertenecen, circunstancia que autoriza a contemplar la posible existencia de errores en la documentación.
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Carátula: Recurso de apelación de Unión por la Patria Nº 503 - distrito Buenos Aires Juntos por el Cambio Nº 504 - distrito Buenos Aires en autos Junta Electoral Nacional distrito Prov. de Buenos Aires s/elecciones generales - elección 22 de octubre de 2023
Fuente de Información

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales