Consideran absurdo que un trabajador haya ingresado a una empresa con la finalidad de cometer una estafa


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    Debe declararse la nulidad del procesamiento, en orden al delito de estafa, de un trabajador que se ofreció a cobrar una suma de un cliente de la empresa en la cual se desempeñaba y que reconoció haberse quedado con el dinero para lograr que su empleador saldara una deuda que tenía con él, habida cuenta que la construcción típica es incorrecta porque, a diferencia de las defraudaciones por abuso de confianza, en la estafa el dolo es inicial y va marcando los distintos actos hasta obtener de forma indebida el rédito económico. Por lo tanto, habría que suponer que el imputado ingresó a trabajar a la firma con la finalidad de generar el contexto propicio para que la víctima redujera las defensas sobre su patrimonio y, consecuentemente, un año después, tras su renuncia formal a la empresa, pudiera apropiarse del pago de un cliente, lo cual es claramente un absurdo.
    SENTENCIA
    11 de Mayo de 2020
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala 06
    Magistrados: Julio Marcelo Lucini - Magdalena Laíño
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    Carátula: Blanca, A. V. H. s/ procesamiento

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