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Fallos: 99:382 de la CSJN Argentina - Año: 1904

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382 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE parte de los representantes de la acción pública y el mismo Señor Procurador General, expresa que nada obsta á que se admi ta el desistimiento del querellante.

Por estos fundamentos, y de acuerdo con lo expuesto y pedido por el Señor Procurador General, dáse por desistido ú Don Enrique Cassinelli, del recurso interpuesto, con costas.

Notifíquese con el original y devuélvanse.

Octavio Bree. —Nicaxor G. DEL SoLan. — M. P. Daract. — A.

HerueJo,

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Año: 1904, CSJN Fallos: 99:382 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-99/pagina-382

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