que la diversidad en la composición de esta institución exigía equilibrio, dedicación, alejamiento de ánimos sectorial, plena sujeción a los antecedentes relevantes para el juzgamiento de cada caso y, sobretodo, un estricto apego al más alto espíritu dejusticia en el cumplimientode la función encomendada.
Destacamos también que era esencial preservar la libertad de los jueces de aplicar el derecho según su criterio, como principio cardinal del poder que integran.
Esas líneas fundamentales para lograr el cometido asignado por la Constitución Nacional, fueron seguidas y afirmadas en el primer caso en que debió conocer este Jurado de Enjuiciamiento, ante el pedidode remoción de un juez en el que la acusación reposaba esencialmente —y así lo entendió este Jurado— en el contenido de sus sentencias, lo que determinó el rechazo de la imputación de mal desempeño que había sido formulada. En otro caso, el Tribunal estimó configurada dicha causal y dispuso la renoción del magistrado, por entender que había incurrido en conductas incompatibles con el desempeño de la magistratura. Las decisiones que siguieron ratificaron la plena vigencia de aquellos principios constitucionales.
Cabe destacar que todos los pronunciamientos de este Jurado de Enjuiciamiento traducen la más absoluta independencia funcional y de criterio, respecto del organismo que formula la acusación —el Consejo dela Magistratura—, cumpliendo detal forma el designio de los constituyentes de 1994, de asegurar un procedimiento de enjuiciamiento y remoción de magistrados en que la transparencia y las garantías de debido proceso y de defensa en juicio exhiban su máxima expresión.
El Jurado inicia hoy otra etapa, con la incorporación de sus nuevos miembros y el comienzo del segundo periodo institucional de su actuación. Esa continuidad es una auspiciosa señal del funcionamiento de los nuevos órganos creados en 1994 con el propósito de mejorar el enfoque y tratamiento de cuestiones esenciales para garantizar la efectiva división de poderes en el régimen republicano de gobierno.
En nombre de este Tribunal cuya presidencia ejerzo, expreso el más amplio y sincero reconocimiento por la labor cumplida por los ex integrantes de este organismo, Dres. Carlos Soria, Sara G. Liponezky de Amavet, JorgeMIkkelsen Lóth, Jorge Pérez Delgado y Sergio Adrián
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5255
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