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Fallos: 323:2642 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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Por ello, se desestima la queja. Notifíquese y, oportunamente, archívese, previa devolución de los autos principales.

ANTONIO BOGGIANO.

EDUARDO GABRIEL KIMEL
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales. .

El recurso extraordinario contra la sentencia que condenó al imputado por el delito de calumnias de acuerdo a los parámetros que surgían de un fallo de la Corte Suprema que descalificaba un pronunciamiento anterior que lo absolvía es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 14 de septiembre de 2000.

Vistos los autos: "Kimel, Eduardo Gabriel por calumnias".

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). .

Por ello, se lo declara improcedente. Hágase saber y devuélvase.

JuL1o S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'CONNOR — Cartos S. FAY —
ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. López — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ.

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:2642 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-2642

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