Se trata, por el contrario, de cargos graves y concretos que se han hecho al referido magistrado y que en su mayoría no han sido desvirtuados, El Tribunal ha formado su convicción en mérito a abundante prueba de distinta naturaleza, entre ellas las de presunciones, No es discutible que esta última sea la más frecuente en situaciones como la que se juzga, requiriéndose que sean graves, precisas y concordantes y com duzcan, de acuerdo con las reglas de la libre convicción, a crear en el ánimo de los juzgadores la certeza de las causas de remoción. Certidumbre que de viene de la multiplicidad de indicios respecto de todos los cuales existe una conexión directa.
Como puede apreciarse, los cargos aceptados por este Tribunal constituyea un intolerable apartamiento de la misión confiada a los jueces, con daño evidente del servicio y menoscabo de la investidura (doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: 274:415 ).
Por ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 45 y 52 de la Constitución Nacional, y en las leyes 21.374 y 21918, el Tribunal, Resuelve:
L Remover al señor Juez Nacional de Primera Instancia Especial en lo Civil y Comercial de la Capital Federal, doctor Osvaldo Walter Lavan Vidal, por mal desempeño en el ejercicio de sus funciones e inhabilitarlo para ocupar en adelante otro cargo oficial. Con costas (artículos 33 y 34 de la ley 21.374).
HI. Hicer efectivo el apercibimiento de Es, 477 respecto de la incomparecencía de Martha Elvira Eguren. a cuyo efe to se remitirán fotocopias autenticadas de las piezas pertinentes a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correcciona! de la Capital Federal (artízulo 243 del Código Penal).
1, Dar intervención a la Camara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, acorde con el considerando segundo, párafo HI, a fin de la instrucción penal correspondiente, a cuyo efecto se le remitirán fotocopias antenticadas de la causa IV. Comunicar este fallo a la Corte Suprema de Justicia de La Nación y 4 la Cámara Nacional de Apelaciones Especial en lo Civil y Comercial, V. Hucer saber La sentencia a los Ministerios de Justicia y Cultura y Educación de La Noción, Elías P. Guastarino — Santos Cifuentes — Jorge Nicanor Williams — Augusto Mario Morcillo — Eduardo It. Aranda Lacarello. :
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Año: 1979, CSJN Fallos: 301:12858
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