IV. — Consraveciones (Inciso 52) Que sobre esta materia la Corte se ha de limitar a fijar créditos para tribunales federales con asiento en el Interior. Ello porque con respecto a los de la Capital el problema es de tal magnitud que sólo puede considerarse su solución mediante créditos especiales y disposiciones que adopte el Poder Ejecutivo con intervención de los Ministerios correspondientes y de la Comisión de Edificios Judiciales para la Justicia Nacional (ley N° 19.528/72).
Que en lo concerniente, entonces, a los tribunales del Interior los créditos que corresponde fijar en este proyecto se establecen teniendo en cuenta aquéllos cuyos edificios se encuentran en ejecución ya prevista en el ejercicio del corriente año Mendoza, Resistencia, Ushuaia, Formosa, Santiago del Estero y Corrientes).
En cuanto a los Juzgados Federales de Posadas y Mercedes, la edificación de nuevos inmuebles se torna impostergable por el estado de los que ocupan actualmente.
En definitiva el crédito del inciso 52 "Construcciones" se fija en la suma de pesos un mil seiscientos veintiséis millones cuatrocientos mil ($ 1.628.400.000).
Resolvieron:
19) Fijar el plan de gastos del Poder Judicial de la Nación para el ejercicio financiero de 1977 en los montos que, para cada inciso se indica a continuación:
Inciso 11 - Personal ,................... $ 8804125000 Inciso 12 - Bienes y Servicios no personales ,, 745.800.000 Inciso 51 - Bienes de Capital ........... . 42000000 Inciso 52 - Construcciones .............. . 1828400000 2") Autorizar a la Dirección Administrativa y Contable a dar curso a las planillas elaboradas por ese Organismo, las que forman parte de la presente Acordada, y a confeccionar las planillas complementarias o aclaratorias pertinentes.
39) Comunicar al Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio del señor Ministro de Justicia de la Nación, la presente Acordada conjuntamente con las planillas referidas, todo lo cual se pondrá también en conocimiento del señor Ministro de Economía de la Nación.
4) Comuniquese a la Dirección Administrativa y Contable del Poder Judicial de la Nación, a sus efectos.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Honacio HL Henenia — Anorro
R. Gannrz: — ALEJANDRO R. Came — Fenenico VIDELA ESCALADA — ABELARDO
F. Rossi — Eías P. Guastavino. Jorge Arturo Peró (Secretario).
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Año: 1976, CSJN Fallos: 296:8
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