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OCTUBRE
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SE AMPLIA LA ACORDADA N 58/73 Y SE
DISPONE LA CONCENTRACION EN UNA OFICINA DE SUPERINTENDENCIA
DEL "REGISTRO DE PROFESIONALES"
— NI B3 his — En Buenos Añes, a los 1 días del mes de octubre del año 1973, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Den Miguel Angel Berquitz y la Señores Jueces Doctores Don Agustin Diaz Rialet, Don Manuel Arauz Castex, Dem Emesto A. Corvalán Nanchares y Don Héctor Masmatta, Consideraron:
Que por Acordada del 21 de diciembre de 1951 —t. — esta Corte Suprema determinó que la Matrícula de Abogados y el Registro de Procuradores pasarán a formar parte integrante de la Secretaría de Superintendencia.
Que asimismo, dentro del proceso de reestructuración previsto para la Secretaría de Superintendencia, este Tribunal por Acontada No 56/73 de fecha 17 de julio pasado dispuso la creación de un registro de aspirantes a ocupar cargos en los cuerpos técnicos a que se refiere el art. 52, incisos a) y b) del decretoJey 1285/58, dependiente de la Seeretaría de Superintendencia.
Que a tin de asegurar la eficiencia del servicio, se estima conveniento concentrar en una sola oficina, de la mencionada Secretaría, los diversos registros creados y organizados oportunamente.
Resolvieron:
19) Ampliar la Acordada NY 56/73 en la siguiente forma: inc. b) Asimismo, tratándose de profesiones legalmente reglamentadas, deberán acreditar con el pertinente camé profesional su inscripción en la matricula respectiva.
20) Disponer que, a partir del 19 de octubre del corriente año, la Matrícula de Abogados, Registro de Procuradores y Registro de Peritos se concentrarán en una obiciea especial de la Secretaria de Superintendencia que se denominará "Regiltro de Prolesionales".
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Macver Ancet Buncarz — Diaz Muarer — Manuen Anauz Castex — Fesmrro A, Comvarás Nancianes — Hécron Masvarra. Carlos Maria Bravo (Secretario).
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Año: 1973, CSJN Fallos: 287:5
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-287/pagina-5
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