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ARTICULO 565 Velezano es ahora en el Código Civil y Comercial -CCC-

ARTICULO 565 del Código Civil de Velez
No tiene correlación con el Actual Código CCC

Buscar al revés el art.: 565


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ARTICULO 565   Velezano es ahora en el Código Civil y Comercial  -CCC- 
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