- La que los jerarcas de la Iglesia deben efectuar con determinada periodicidad para rendir honor a su superior y para darle cuenta del estado y necesidades de su jurisdicción. £1 origen de esta mita, ahora obligatoria, se encuentra en la piadosa costumbre, instaurada ya en el siglo | | de la era cristiana, de ir los obispos a visitar las tumbas de los santos apóstoles Pedro y Pablo, y luego para prestar homenaje de obediencia y respeto al pontífice. Posteriormente, los metropolitanos emprendieron las visitas a Roma, para recibir el palio; y luego los obispos, para informar al papa o a la Sagrada Congregación comisionada para tai fin.
El Derecho vigente en la materia se encuentra en los cánones 341 y 342. La visita ad limina aparece como complemento de la relación quinquenal que los obispos deben hacer al pontífice. A los obispos que no viven en Europa, se les dispensa de la primera de estas visitas, con lo cual se reduce a decenal. Como base de este cómputo se tomó el 1? de enero de 1911. En el primer año deben presentarse los obispos de Italia e islas adyacentes; en el segundo, los de España, Francia, Portugal, Países Bajos y británicos; en el tercero, los demás obispos europeos; en el cuarto, los de América; en el quinto, los de Asia, África y Oceanía. Los obispos quedan dispensados de la visita si no ha pasado el primer bienio de la posesión de la diócesis.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda