- A fin de eludir la repulsa que el juramento significa para los católicos en algunas circunstancias, en las cuales, aun procediendo con lealtad, no quieren mezclar los sentimientos religiosos, y más aún para respetar la libertad de conciencia de los no católicos, y para valorar, en cuanto sea posible, la invocación solemne que significa, la Ley esp. del 24 de noviembre de 1910 estableció que en todos aquellos casos en que la ley requiera juramento, pueda ser substituido, sin que ello signifique renuncia de la fe, por la promesa por el honor. Únicamente se mantenía la obligatoriedad del juramento, quizás como acto colectivo, en la jura de la bandera por los militares.
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