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Fallos: 93:338 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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das FALLOS DE LA SUPREMA CORTE ha 234; tomo 16, pagina 359: tomo 58 pág. 131 : tomo (5, página 23; tomo 69 pág. 357 : tomo 70 pág. 222 y tomo 72. página 66, 53 Que los antores- distingnen los actos de los funcionarios públicos N tres entegorías, a saber:

1 Actos de paro mando 0 de mero imperio, emanados de los funcionarios como poder público, en los enales no se hiere nin gún derecho individual garantido por la constitución 6 las leyes comunes, como sería el cobro de impuestos y sit reglamentación, inversión de las rentas fiscales de acuerdo con la ley de presi puestos 0 leyes especiales, movilización 0 instrucción de la guardía nacional de acuerdo con las leyes de la materia y nom bramiento y destitución de empleados que no reguieren el acuerdo del senmido, ete, ete, 2" Actos ejecutados por los empleados públicos en el ejercicio de sus Mmueciones, econ los enides hieren derechos 6 garantías individuales anmmpreainedos porta constitución ó las leyes comunes, o como dice Colmeiro, que lesionan un derecho perfecto, como seria la apertura de calles en terreno ajeno, sin el permiso de sur dueño y sin la previa expropiación: el embargo y ejeención de an bien que no es del dendor, por cobro de impuestos, que no debe la propiedad ejeentada; reclamos por enentas rendidas por un empleado y desaprobielas por La administración contra has protestas de aquel, ete,, ete, Estos sertan casos netos de lo contencioso administrativo, 3 Actos ejecutados por fincionarios públicos, tendientes a adquirir, extinguir 0 meditiear derechos regidos por la ley común en sus relaciones con las partientares, como sería enando acepta herencias 6 donaciones, compra, vende, arrienda, trata la eje ención de obras 0 celebra enalquiera de los contratos nominados o innominados que admite el derecho y que pueden eclebrar los partientares. Entonees, obra como persona juridica y en su capacidad eivil.

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Año: 1901, CSJN Fallos: 93:338 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-93/pagina-338

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