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Fallos: 85:371 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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de foja 47. En mérito de lo expuesto pido á V. E. se sirva declarar improcedente el recurso de inconstitucionalidad deducido para ante V. E.

Sabiniano Kier.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 23 de 1900, Vistos: Resultando que la apelacion interpuesta á foja diez y nueve se refiere al auto de foja diez y siete, por el cual se declaran mal concedidos los recursos interpuestos en su carácter de defensor, por el doctor J. M. Lopez, y se confirma el de foja tres, en cuanto aplica al mismo doctor Lopez la multa de cuarenta pesos moneda nacional pur falta de respeto ú la autoridad del juez, Y considerando: Que dicha multa ha sido impuesta como medida disciplinaria, en uso de las facultades que las leyes de procedimientos de la capital acuerdan ú los jueces.

Que en tal virtud, y tratándose de un punto exclusivamente regido por dichas leyes, cuya aplicacion no está sujeta al control de este tribunal, sinó librada á los ordinarios de la capital, como lo tiene resuelto esta Suprema Corte en varios de sus fallos, el recurso es improcedente, Que la primera parte de la resolucion de foja diez y siete se refiere ú puntos regidos tambien por las leyes de procedimientos, cuyas disposiciones no han sido atacadas de inconstitucionalidad.

Por esto, no ha lugar al recurso interpuesto, y devuélvanse.

BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN, —
OCTAVIO BUNGE. — JUAN E. TO-

RRENT, — E. MARTINEZ,

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Año: 1900, CSJN Fallos: 85:371 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-85/pagina-371

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