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Fallos: 7:192 de la CSJN Argentina - Año: 1869

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CAUSA "LIX.

Don Carlos Leon y D. Desiderio Bravo, contra el Escribuno de Seccion de Sun Juan, sobre pago de costas.

Sumario. — 17 Las leyes preexistentes á la de procedimientos nacionales son supletorias á la misma en lo que no se opongan 4 sus disposiciones.

2 La ley 30, tit.-20, lib. 12, It, C. se halla en este caso.

Caso. — Concluida la causa criminal contra D. Cárlos Leon y D. Desiderio Bravo en la que estos fueron condenados en costas, el escribano de Seccion de San Juan formó la planilla de costas, incluyendo las causadas por parte del fisco.

Leon objetó la planilla en la parte que comprendia las actuaciones y reposicion de papel sellado relativas á los eseritos del fiscal, fundándose en la ley 30, tit. 20, lib. 12, KR. C. por la que se prohibe su cobro.

El Juez de Seccion oido verbalmente al escribano, quien espuso que dicha ley no rejia para los tribunales nacionales, resolvió que se eliminase de la planilla la parte objetada por Leon con arreglo La la ley mencionada, escribano apeló, y se le concedió el recurso cn relacion.

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Año: 1869, CSJN Fallos: 7:192 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-7/pagina-192

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