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Fallos: 59:42 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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r a - FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
É CAUSA XXXVII
La empresa + Depósitos y Muelles de las Catalinas » contra el Gobierno Nacional, por daños y perjuicios; sobre el órden para tomar la palabra en el informe in voce.

Sumario. —No es apelable el auto que determina el órden en que las partes deben usar de la pulabra en el informe in voce.

Caso. — En la expresada cansa, el representante del Gobierno pidió que se señalara día para informar in voce, y en el acto de la audiencia se suscitó un incidente sobre cuál de las partes debía usar primero de la palabra. El juez resolvió que correspondía hablar en primer término alrepresentante del Gobierno, Este apeló y se le concedió el recurso.

Falle de la Suprema Corto Buenos Aires, Marzo 14 de 1895.

Vistos en el acuerdo: No trayendo gravámen irreparable el auto de foja doscientas treinta y tres vuelta, en 4

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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:42 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-59/pagina-42

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