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Fallos: 44:392 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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tomo 1", página 435, y tomo 16 pág. 471 de sus fallos, la sentencia apelada debe ser confirmada.

Antonio E. Malaver, Fallo de la Suprema Corte Ruenos Aires, Junio 25 ide 1801.

Vistos: Por sus fundamentos, y de acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General, se confirma con costas el auto apelado de foja veinte y cuatro, y repuestos los sellos, desnélvanse.


RENJAMIN VICTORICA.— €. S. DE

LA TORRE. — LUIS Y. VARELA.
— ABEL BAZAN. — LUIS SAENZ

PEÑA.

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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:392 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-44/pagina-392

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