Faile de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 30 de 1891, Vistos: Atento el precio ofrecido por el expropiante por vara cuadrada á foja veinte y siete, se resuelve fijar el valor del metro cuadrado de los terrenos á expropiarse, en la suma de un peso diez centavos moneda nacional, quedando sobre este punto modificada la sentencia apelada, que se da por firme en lo demás. Repúnganse los sellos y devuélvanse.
BENJAMIN VICTORICA.—C. S. DE LA
TORRE. — LUIS V. VARELA. — ABEL
BAZAN. — LUIS SAENZ PEÑA.
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Año: 1891, CSJN Fallos: 43:415
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