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Fallos: 43:415 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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Faile de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 30 de 1891, Vistos: Atento el precio ofrecido por el expropiante por vara cuadrada á foja veinte y siete, se resuelve fijar el valor del metro cuadrado de los terrenos á expropiarse, en la suma de un peso diez centavos moneda nacional, quedando sobre este punto modificada la sentencia apelada, que se da por firme en lo demás. Repúnganse los sellos y devuélvanse.


BENJAMIN VICTORICA.—C. S. DE LA

TORRE. — LUIS V. VARELA. — ABEL

BAZAN. — LUIS SAENZ PEÑA.

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Año: 1891, CSJN Fallos: 43:415 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-43/pagina-415

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