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Fallos: 41:398 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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Corte á foja ciento noventa y una, declara que el sistema de cilindros con paletas amasadoras, que constituye la esencin de la máquina patentada, es conocido y utilizado en todas partes, incluso en la República Argentina, donde se ha empleado en la fábrica de ladrillos de San Isidro, Segundo: Que los tres peritos nombrados por las partes y por el Juez, están igualmente conformes en que la máquina patentada era conocida muchos años antes de que fuese patentada á los señores Vannerot y Artigue.

Por estos fundamentos y los de la sentencia apelada de foja ciento cuarenta: se confirma esta, con declaracion de que las costas de ambas instancias deben ser pagadas en el órden en que se han causado, por no aparecer que el actor haya procedido con malicia y temeridad, Repóngunse los sellos y devuélvanse.


RENJAMIN VICTORICA. — C. 5. DE LA
TORRE.— LUIS V. VARELA.— ABEL

BAZAN.

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Año: 1890, CSJN Fallos: 41:398 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-41/pagina-398

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