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Fallos: 346:1056 de la CSJN Argentina - Año: 2023

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 12 de septiembre de 2023.

Vistos los autos: "La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA c/ Dirección General Impositiva s/ recurso directo de organismo externo".

Considerando:

Que las cuestiones planteadas han sido correctamente examinadas en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razones de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara procedente el recurso extraordinario planteado por la parte actora, se revoca la sentencia apelada y se hace lugar a la demanda en los términos expuestos en el presente. En atención al modo en que se decide, declárase inoficioso un pronunciamiento del Tribunal en el remedio federal deducido por el Fisco Nacional. Costas por su orden en atención al modo en que se resuelve (art. 68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). Notifíquese y devuélvase.

Horacio Rosarti (en disidencia) — CArLos FERNANDO ROSENKRANTZ según su voto)— JUAN CARLOs MAQUEDA — RICARDO Luis LORENZETTI.

Voto DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE Doctor Don CARLos FERNANDO

ROSENKRANTZ
Considerando:

1" Que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó de oficio el impuesto a las salidas no documentadas de La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (en adelante, "La Segunda ART") y le aplicó la multa establecida en el art. 46 de la ley 11.683. Sostuvo que los servicios de traslado de trabajadores siniestra

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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:1056 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-346/pagina-1056

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