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Fallos: 342:920 de la CSJN Argentina - Año: 2019

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como aquel que la comunidad internacional ha trazado para garantizar "modalidades de consumo y producción sostenibles" en la Agenda 2030 sobre Desarrollo Sostenible aprobado por la Organización de Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015 (A/RES/70/1 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, objetivo 12).

DEBATE PARLAMENTARIO
Toda vez que en el debate legislativo se traduce de forma más genuina la participación de todas las voces sociales y se consolida la idea fundamental de participación y decisión democrática, afianzándose de este modo el valor epistemológico de la democracia deliberativa, cabe entender que las manifestaciones de los miembros informantes de las comisiones de las Honorables Cámaras del Congreso (Fallos: 33:228 ; 100:51 ; 114:298 ; 115:186 ; 328:4655 ) y los debates parlamentarios (Fallos: 114:298 ; 313:1333 ) constituyen una valiosa herramienta para desentrañar la interpretación auténtica de una ley.

CONGRESO NACIONAL
La interpretación auténtica brindada por ambas Cámaras del Congreso, con más razón cuando ha recibido expreso tratamiento en el debate legislativo, puede excluir de los sentidos posibles del texto aquellos que -según considera el legislador- no debieron haberse incluido, siempre que ello resulte razonable en los términos del artículo 28 de la Norma Suprema.

GLACIARES
Con relación al cuestionamiento del procedimiento legislativo que dio lugar a la sanción de la Ley de Glaciares, cabe entender que la innovación introducida por el Senado - con base en la existencia de una norma parlamentaria que aprobó un texto específico y enla práctica parlamentaria - consistente en la supresión de un artículo del proyecto de origen, no vulnera el artículo 81 de la Constitución Nacional, pues además de no ser irrazonable, no resulta de entidad tal que implique la falta de concurrencia de los requisitos mínimos e indispensables que condicionan la creación de la ley.

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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:920 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-342/pagina-920

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