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Fallos: 338:1435 de la CSJN Argentina - Año: 2015

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mismo día por Radio Continental en otra entrevista efectuada por los periodistas Oscar Gómez Castañón y Luis Majul.

A su vez, se sienten injuriados por las declaraciones atribuidas al demandado en el marco del programa televisivo "Bajo Palabra", dirigido por Joaquín Morales Solá, que fue transmitido el 6 de septiembre de ese año por Canal 9 de Buenos Aires y retransmitido por Canal 10 de Mar del Plata. En especial, alegan que allí el accionado aseveró que "en el ámbito de la justicia federal de Mar del Plata hay protección a gente que actuó en este caso" y que "los jueces no actúan como deben actuar y lo que dicen en Mar del Plata es que esos jueces fueron designados por el gremialismo de Mar del Plata".

Por último, invocan las expresiones difundidas por el diario La Capital de Mar del Plata los días 4, 5 y 20 de septiembre; y por el diario Clarín los días 8, 10 y 12 de ese mismo mes. Principalmente, destacan la nota del 5 de septiembre del diario local titulada "Durísimas acusaciones de Moreno Ocampo" que relata que "Moreno Ocampo advirtió que "[Ila trama de intereses sindicales y políticos que estaban atrás del caso llega a los jueces que fueron designados en este caso". Esta misma expresión fue difundida por el Diario Clarín el 10 de septiembre de 1998 y atribuida al señor Moreno Ocampo.

III-
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó en lo sustancial la sentencia que había hecho lugar a la demanda instaurada contra Luis Moreno Ocampo, y lo condenó a pagar $20.000, más intereses, a cada uno de los actores en concepto de daño moral, así como a publicar una síntesis de la condena en periódicos de difusión nacional y local (v. fs. 706/720 vta. y 857/870).

El tribunal advirtió que, en virtud de la resolución adoptada por el juez de primera instancia y la falta de agravios planteados por los actores, la acción quedó limitada a la responsabilidad por las alusiones difundidas en los diarios La Capital del 5 de septiembre de 1998 y Clarín del 10 de ese mes y año, y a las expresiones vertidas en el programa televiso "Bajo Palabra".

A partir del análisis de las pruebas agregadas a la causa, el a quo juzgó que el señor Moreno Ocampo emitió las expresiones en cuestión.

Por un lado, destacó que la prueba de informes demuestra la autenticidad de las fotocopias acompañadas de las notas periodísticas. Con relación al video cassette del programa televisivo aportado por los actores, enfatizó la concordancia entre las alusiones realizadas en ese

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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:1435 
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