para el Desarrollo Sostenible de la Región del Delta del Paraná", como instancia de coordinación de las acciones encaminadas al cumplimiento de los objetivos enunciados en el referido instrumento. Se estableció asimismo que las Provincias de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe, conforme sus ordenamientos jurídico institucionales, convocarán a los municipios con competencia territorial en el área del Delta del Paraná a efectos de consensuar internamente sus propuestas para la elaboración e implementación del referido plan integral.
El referido Comité fue constituido mediante la resolución SAyDS 675/2009 (fs. 261/264), y las provincias signatarias designaron a sus representantes mediante los decretos respectivos (fs. 269/274).
Según se desprende del informe de la Dirección de Ordenamiento Ambiental del Territorio de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación de fs. 256/274, la suscripción de la Carta de Intención fue una respuesta político institucional a los problemas de singular relevancia que afectaban a la Región Delta del Paraná, uno de cuyos síntomas fueron los extensos incendios de pajonales, en su mayoría intencionales, que en 2008 llegaron a comprometer más de 170.000 hectáreas de su territorio, los cuales se derivaron, entre otras causas, de procesos de cambio de uso del suelo tanto por expansión de la frontera agropecuaria como urbana.
Del citado informe también surge que con el propósito de implementar efectivamente el PIECAS-DP y de otorgarle asistencia técnica y financiera, la Secretaría Nacional decidió su articulación con el proyecto PNUD/ARG/10/003 "Ordenamiento Pesquero y Conservación de la Biodiversidad en los Humedales Fluviales de los Ríos Paraná y Paraguay", entre cuyas finalidades persigue como resultado la "implementación de una planificación intersectorial desde un enfoque ecosistémico en el Delta del Paraná como programa piloto con capacidad de ser replicado en el resto de la cuenca".
9" Que entre las actividades ejecutadas en el marco del PIECAS-DP se destaca la elaboración de dos estudios que fueron denominados "Línea de Base Ambiental" y "Evaluación Ambiental Estratégica"; el primero da cuenta del estado de situación ambiental de la Región Delta del Paraná, y el segundo concluye con una serie de lineamientos, recomendaciones y propuestas de acción.
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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1444
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