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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos nires, Vemlimuee de ba de 20153 Vistos los autos: "Grupo Clarín SA y otros c/ Poder Ejecutivo Nacional y otro s/ acción meramente declarativa", Considerando:
1) Que Grupo Clarín S.A., Arte Radiotelevisivo Argentino S.A., Cablevisión S.A., Multicanal S.A., Radio Mitre S.A. y Telediígital Cable S.A. interpusieron la acción prevista en el artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 41, 45, 48 —segundo párrafo—-, 161 y concordantes de la ley 26.522 y la inaplicabilidad de dichas disposiciones respecto de las licencias y señales de las que resultaban ser titulares al momento de promulgarse la norma, con expresa imposición de costas (fs. 63/97).
En sustancial síntesis:
Expresaron que el artículo 41 afecta la libertad de comercio y el derecho de propiedad, al prohibir sin fundamento alguno la libre disponibilidad de acciones o cuotas partes de las sociedades titulares de licencias, así como la transferencia de éstas.
Agregaron que el artículo 45 establece un régimen de multiplicidad de licencias cuyos límites desbaratan la sustentabilidad operativa y económica de la empresa y, en consecuencia, esas restricciones afectan directamente la independencia de las demandantes así como la libertad de prensa y expresión que les asegura la Constitución Nacional.
A tal efecto, en su presentación realizaron un detallado examen de sus disposiciones.
Con relación al ap. 1, inc. a, sostuvieron que la
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1832
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