Recurso extraordinario interpuesto por Fabiana Alejandra Altieri, representada por el Dr. Carlos Javier Nagata.
Traslado contestado por el Consejo Interuniversitario Nacional, representado por el Dr. Esteban Valansi.
Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala VIII.
Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n° 11.
AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
c/ SAN LUIS, PROVINCIA pr s/ ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
RADIODIFUSION.
Corresponde decretar la medida cautelar pedida y hacer saber al Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis que deberá abstenerse en forma inmediata de aplicar la ley 1-0735-2010, su decreto de promulgación 2931/10 y de todo acto administrativo que se hubiera dictado como consecuencia o por aplicación de tales normas, como también de concretar cualquier otro acto relacionado con la radiodifusión que requiera la conformidad de la autoridad nacional y no cuente con ella, si las constancias obrantes en el expediente permiten tener por configurados prima facie los presupuestos necesarios.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
—I-
A fs. 17/34, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), entidad descentralizada y autárquica en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, en su condición de autoridad de aplicación de la ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, demanda a la Provincia de San Luis a fin de obtener que se declare la nulidad absoluta por inconstitucionalidad de la ley provincial 735, de su decreto de :promulgación 2931/10 y de todo acto administrativo que se hubiera dictado como consecuencia o por aplicación de tales disposiciones.
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:765
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