Reintégrese el depósito de fs. 3. Agréguese la queja al principal. Notif ortunamente, remítanse.
— -
RICARDO LUIS LORENZETTI LE
y.
ELENA1.HIGHTON de NOLASCO $. FAYT 7) / , A
ENRIQUE S PETRACCHI
E. RAUL ZAFFARONI
Recurso de hecho interpuesto por la demandada (Sociedad Anónima de Tenis Argentino CIF), representada por el Dr, Rafmel E. Zambrano en calidad de apoderado, con el patrocinio letrado del Dr. Luis María Zambrano.
Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala E.
Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial n° 21.
SINISCALCHI, JORGE ARMANDO c/ BALSEIRO DE DE BENEDETTI,
ANA MARIA y Otro s/ Coro DE SUMAS DE DINERO
ESCRIBANO.
Cabe dejar sin efecto la sentencia que admitió la citación a juicio del fondo fiduciario creado por el art. 158 de la ley 404 (C.A.B.A), y le extendió la condena en
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1957
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