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Fallos: 335:1718 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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efecto la exención del inc. c), del art. 13 de la ley 19.640. Agregó que si bien el art. 4° de la ley 26.217 dispuso su aplicación para las exportaciones cuyas solicitudes de destinación de exportación para consumo se registrasen a partir del 7 de enero de 2007, al haber sido publicada la norma recién el 16 de ese mes, es a partir de esta última fecha cuando debe considerarse en vigor, so pena de realizar una aplicación retroactiva del tributo, incompatible con la Constitución Nacional.

—I-

Por su parte, la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a fs. 377/381 vta., revocó la sentencia anterior y rechazó íntegramente la demanda.

Para decidir de tal forma, tras realizar una reseña de las leyes y demás disposiciones involucradas en este pleito, rechazó el agravio del Fisco Nacional vinculado con la vía seguida por la actora, y señaló que, en su criterio, existía un evidente estado de incertidumbre sobre la existencia del derecho discutido, y que ella admite remedio a través del mecanismo del art. 322 del código de forma.

Sobre el fondo del asunto, estimó que si bien es cierto que la ley 19.640 estableció la exención total de derechos de exportación para las operaciones realizadas desde el AAE, no puede desconocerse que el Congreso Nacional sancionó la ley 25.561 ante una situación excepcional y gravísima de emergencia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, delegando incluso facultades legislativas en el Poder Ejecutivo Nacional.

En este marco, la resolución 776/06 fue dictada en el marco de dicha delegación, y con fundamento en el art. 755 del Código Aduanero, estando el Poder Ejecutivo habilitado para aplicar derechos de exportación, así como para gravar, desgravar o modificar esos derechos.

En tales condiciones, dicho reglamento no luce como manifiestamente ilegal o arbitrario, debiendo concluir que las actividades de exportación desde el AAE se encontraban alcanzadas desde la implementación misma del régimen.

— II A fs. 387/403 vta. luce el recurso extraordinario presentado por la actora.

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1718 
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