ADOLFO JOSE NALLY c/ ANSES
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Seguridad social.
Corresponde revocar la sentencia que confirmó el fallo que había rechazado la demanda dirigida a obtener la jubilación ordinaria si no ponderó correctamente las pruebas documentales y testificales producidas en la causa, en particular el dictamen del especialista que determinó que podía inferirse con cierto grado de verosimilitud que el demandante prestaba en forma diaria servicios directamente afectados a procesos de producción del acero en lugares de alta radiación térmica, peritaje que no mereció objeción alguna de parte de la demandada.
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Seguridad social.
Corresponde ordenar a la ANSeS que proceda a dictar una nueva resolución administrativa computando los servicios prestados por el actor como diferenciales a los efectos del otorgamiento del beneficio desde la fecha de su solicitud si los elementos de juicio, examinados en su conjunto, crean una razonable certeza acerca de los aspectos fácticos invocados.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 29 de abril de 2008.
Vistos los autos: "Nally, Adolfo José c/ ANSeS s/ prestaciones varias".
Considerando:
19) Que contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el fallo de la instancia anterior que había rechazado la demanda dirigida a obtener la jubilación ordinaria prevista en el art. 2 del decreto 4257/68, el actor dedujo recurso ordinario de apelación que fue concedido de conformidad con el art. 19 de la ley 24.463.
27) Que para decidir de ese modo, la alzada tuvo en cuenta que las pruebas producidas en la causa no lograban demostrar el carácter insalubre de los servicios denunciados e hizo hincapié en que el deman
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Año: 2008, CSJN Fallos: 331:1007
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