que había declarado inaplicables las normas de emergencia y la posterior resolución que adaróla medida de la tasa de intereses, los ejecutados dedujeron el recurso extraordinario que, denegado, dio origen a la presente queja interpuesta por la codemandada Ana María Pfaffl que fue declarada procedente a fs. 2091, ordenándose la suspensión de los procedimientos de ejecución.
2) Queafs. 2124/2129 el actor denuncia como hecho nuevola ventadeuna parte indivisa dela fracción de campo en ejecución y el depósito efectuado por los compradores a los efectos de cancelar la deuda —con reserva por parte de la coejecutada de mantener los planteos efectuados en el remediofederal y en su presentación dir ecta—y solicita seaclaresi la medida ordenada por el Tribunal alcanza ala subasta osi implica la suspensión de la totalidad del trámite de ejecución, caso en el cual afectaría los trámites posteriores al depósito judicial efectuado, con grave detrimento para las partes, por lo que deja planteado en subsidio el recurso de reposición. Asimismo, dado que la conversión deun dólar igual a un peso con más el CER nose encuentra discutida, ofrece retirar las sumas depositadas a ese cambio, quedando el remanente en depósito hasta la decisión definitiva.
3) Que sin perjuicio de que la suspensión ordenada afecta no sólo la subasta sino también todos aquellos actos procesales que hagan al procedimiento de ejecución, dado quelarecurrentepretendela aplicación de las normas sobre pesificación, no existen motivos para descartar una solución favor able al pedido del ejecutante en cuanto al retiro de los fondos depositados según el cambio consentido, por lo que la cuestión planteada resulta sustancialmente análoga ala resuelta en la causa "Comignani" (Fallos: 329:1490 ), a cuyos fundamentos esta Corte se remite por razón de brevedad.
Por ello, en atención alo solicitado, afin de que el ejecutante pueda efectuar las peticiones correspondientes, remítanse las actuaciones al tribunal de origen por el término de 10 días. Fecho, devuélvase el expediente a esta Corte a los efectos de continuar con el trámitede la causa. Notifíquese y cúmplase.
RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — CARLOs S.
FAYT — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLos MAQuEDA — E.
RAÚL ZAFFARONI — CARMEN M. ARcIBAY.
Recursode hecho interpuesto por Ana María Pfaffl, representada por la Dra. Graciela Paulina Molinelli, con el patrocinio del Dr. Enrique Paixao.
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:4444
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