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Fallos: 329:6256 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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9. El recurso extraordinario contra la sentencia que rechazó el recurso de casación es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Disidencia de la Dra. Carmen M. Argibay): ps. 5115, 5762.

10. Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recursoextraordinario interpuesto contra la sentencia que hizo lugar al amparotendiente a obtener la cobertura prevista en la ley 24.901 (Disidencia parcial delas Dras. Elenal.

Highton de Nolasco y Carmen M. Argibay): p. 5139.

11. Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el pronunciamiento que rechazó la acción declarativa de certeza tendiente a evitar el dictado de medidas cautelar es que se alegó cercenan las facultades de la SAGPyA para distribuir la Cuota Hilton respecto de frigoríficos concursados (Voto de los Dres. E. Raúl Zaffaroni y Carmen M. Argibay): p. 5227.

12. Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recurso extraordinario interpuesto contra el pronunciamiento que rechazó el recurso de revisión (Disidencia de los Dres. Ricardo Luis Lorenzetti y Carmen M. Argibay): p. 5310.

13. Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recurso extraordinario interpuesto contra el pronunciamiento que declaró prescripta la acción penal (Disidencia de la Dra. Carmen M. Argibay): p. 5323.

14. Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recurso extraordinario interpuesto contra el pronunciamiento que dejó sin efecto la multa im puesta por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (Voto dela Dra. Carmen M. Argibay): p. 5377.

15. Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recurso extraordinario interpuesto contra el pronunciamiento que condenó por violación al art. 1, incs. ey f delaley 19.539 (Disidencia de la Dra. Carmen M. Argibay): p. 5410.

16. Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que rechazó la demanda de daños y perjuicios derivados de una publicación (Disidencia de los Dres. Carlos S. Fayt y Carmen M. Argibay): p. 5424.

17. Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recurso extraordinario interpuesto contra el pronunciamiento que rechazó los recursos extraordinarios locales interpuestos contra la sentencia que confirmó la resolución que no había hecho lugar ala baja de la personería jurídica solicitada (Disidencia dela Dra.

Carmen M. Argibay): p. 5448.

18. Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que rechazó el reclamo por indemnización del accidente in itinere padecido por el causante: p. 5454.

19. Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recurso extraordinario interpuesto contra el pronunciamiento que rechazó la acción pro

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6256 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-6256

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