329 alas disposiciones legal es que se le opongan-—integra la anterior, pues no existe una incompatibilidad contundente y manifiesta entre ambas.
En segundo término, alegan que, ni desde el punto de vista linguístico, ni del análisis de la estructura del sistema federal de la vivienda puede sostenerse que, en virtud del nuevo régimen, los organismos locales pasaron de ser gestores a responsables y administradores, pues tantouno como tros tienen atribuciones de manejar los bienes ajenos, no propios, pertenecientes al orden federal. En su concepto, el cambio del sistema consistió en la asignación automática y directa de los fondos nacionales a las provincias para que los aplicaran ala construcción de viviendas, pero que ello no madificó la calidad de gestores ni las responsabilidades de los entes locales. En consecuencia —aducen-— si para aquella actividad —también generadora de responsabilidad— se reconocía la comisión de servicios prevista en el art. 19 delaley 21.581, no existe razón alguna para afirmar que tal comisión fuera incompatible con el sistema de la ley 24.464.
Ponen de relieve que los fondos del FONAVI —excepto la comisión de servicios reconocida a cada jurisdicción—, al tener un objeto específico prefijado por el ordenamiento federal no pueden ser destinados al mantenimiento de las estructuras provinciales o para atender sus gastos generales salariales. Ello es así, explican, porque el Pacto Federal establecióla automaticidad de la remisión de las partidas y desembolsos del FONAVI alas provincias —según determinados coeficientes preestablecidos por la Nación— con el consiguiente traspaso de la administración de las sumas que por su operatoria específica percibieran en concepto de recupero a nivel local y, como contrapartida, seles asignóla responsabilidad emergente delos servicios de préstamos con los organismos internacionales que se ejecutaran en cada una de las jurisdicciones, a la vez que la obligación ineludible de mantener el destino de los fondos girados desde la Nación.
Manifiestan que, según la ley local 2143, por la cual la Provincia se adhirió al sistema federal y creó el Fondo Provincial dela Vivienda, éste último se nutre de dos vertientes, una originada en el sistema federal (incisos a, b y c —remesas del FONAVI, fondos de recupero en operatorias del FONAVI y negociaciones hipotecarias generadas en operatorias del FONAVI-) y la otra originada en la Provincia del Neuquén, por las asignaciones presupuestarias que se efectúen a través de la Legislatura (art. 101, inc. 8 de la Constitución Provincial).
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:3378
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