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Fallos: 328:1580 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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TECPETROL S.A.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parteuna provincia. Generalidades.

No corresponde que la Corte Suprema asuma competencia en la causa promovida por una provincia por cobro de tributos o gravámenes o derechos reclamados con arreglo a la ley local, pues la recaudación de sus rentas es función que le incumbe al Estado provincial.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal . Por la materia. Causas exduidas dela competencia federal.

Los tribunales nacionales no pueden resolver sobre la validez o inconstitucionalidad de tributos locales cuyo cobro se persigue en juicio de apremio seguido antela justicia provincial, sin perjuicio de que esa cuestión sea traída a su conocimiento por el recurso del art. 14 de la ley 48 o por devolución de lo pagado indebidamente ya que, al menos en principio, el juez llamado a conocer de la demanda es necesariamente el de las excepciones que desea oponer el demandado.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal . Por la materia. Causas exduidas dela competencia federal.

Para quela causa corresponda ala jurisdicción del fuero federal, la materia federal debe ser la predominante para la solución del caso.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parteuna provincia. Generalidades.

Lo argumentado en el sentido de que lo actuado por la autoridad local con fundamento en lasatribuciones previstas en el art. 12 de la ley 1296 dela Provincia del Neuquén constituye tanto un avance indebido sobrelas prerrogativas conferidas ala Secretaría de Energía de la Nación por la ley federal 17.319, como una interferencia ilegítima en la política nacional fijada por ésta, resulta insuficiente para suscitar la competencia originaria de la Corte.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la CorteSuprema. Causas en que es parte una provincia. Causas que versan sobre cuestiones federal es.

Si a pesar de que la provincia ejecuta a un particular con fundamento en una norma provincial tal pretensión exige esencial eineludiblemente determinar, en

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:1580 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-1580

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