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Fallos: 327:1361 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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Por ello, , .

Acordaron:

Delegar en el Consejo de la Magistratura, con la excepción señalada en el considerando 3, el ejercicio de las facultades de superintendencia correspondientes al Tribunal en los términos del convenio celebrado con la Policía Federal Argentina, aprobado por acordada 37/95, y todas las concernientes a los servicios de seguridad y vigilancia para los tribunales federales con asiento en las provincias.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — ENRIque S. PerraccHt — CAr1os S.

FAYT — AUGUSTO César BELLUSCIO- ANTONIO BOGGIANO — ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ — JUAN Car1os MAQuEDA — E. RAÚL ZAFFARONI. Nicolás A. Reyes (Administrador General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación). '
DELEGACION DE ATRIBUCIONES AL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA.
RÉGIMEN DE.PASANTIAS.
—N°210En Buenos Aires, a los 25 días del mes de marzo del año dos mil cuatro, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron: - 19) Que este Tribunal, mediante acordada N° 22/90, estableció un programa de colaboración con las universidades nacionales y privadas, consistente en permitir a los egresados con los más altos promedios de la carrera de abogacía desempeñarse en la Corte Suprema, para realizar tareas de investigación, en forma no remunerada y bajo una serie de condiciones y requisitos dirigidos a quienes se incorporaran a tal programa.

2?) Que con posterioridad y ante solicitudes formuladas por diversas cámaras de apelaciones, esta Corte concedió numerosas autorizaciones para que dicho régimen de pasantías se llevara a cabo también ante tribunales inferiores (acordadas 16/95, 6/99, 14/99, 27/99, 25/2000, 36/2000, 16/2002 y 26/2002, entre otras).

3) Que si bien corresponden a esta Corte las facultades concernientes a la superintendencia general, las cuales pueden ser delegadas en las cámaras nacionales de apelaciones (art. 30, segunda parte, ley 24.937), la naturaleza y funciones del Consejo de la Magistratura hacen aconsejable que se delegue en dicho cuerpo el ejercicio de las atribuciones necesarias para dicho órgano constituya, con respecto a los tribunales

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:1361 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-1361

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