pio ceda cuando se acredite violación al principio de defensa y al debido proceso legal, supuestos estos que habilitarán el recurso extraordinario federal para ocurrir ante la Corte y con el único objetode reparar eventuales afectaciones a aquellas garantías constitucionales. Empero, quien pretenda el ejercicio de tal control ha de demostrar en forma nítida, inequívoca y concluyente un grave menoscaboa las reglas del debido proceso que, asimismo, exhiba relevancia bastante para variar la suerte de la causa (Voto del Dr. Juan Carlos Maqueda): p. 4816.
17. Si las funciones del Jurado de Enjuiciamiento son distintas a las que desarrollan los tribunales ordinarios y si el recurso extraordinario procede aquí como una excepción y acotado a la efectiva acreditación de la grave afectación del debido proceso legal, la ponderación de la Corte Suprema deber á insertarse en el sistema constitucional de división de poderes, principio constitucional que obliga al Tribunal a tener presente que el procedimiento de remoción de magistrados no debe ser asimilado al proceso jurisdiccional ordinario. La valoración de las causales de remoción es ajena ala revisión judicial Voto del Dr. Juan Carlos Maqueda): p. 4816.
JURISDICCION Y COMPETENCIA"
INDICE SUMARIO
Acción de amparo: 54, 69. Despido: 28.
Actos administrativos: 72, 78. Documento Nacional de Identidad: 41.
Automotores: 49.
Economía procesal: 8.
Banco: 24. Ejercicio ilegal de la medicina: 16.
Banco Central: 58. Empleados públicos: 77.
Encubrimiento: 19.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 28. Encubrimiento y lavado de activos de oriCompraventa: 22. gen delictivo: 20.
Concurso de delitos: 41. Entidades autárquicas: 61.
Concursos: 23. Estado Nacional: 26, 58, 67.
Conexidad: 13, 14. Estafa: 41,50.
Congreso Nacional: 20. Estupefacientes: 16, 35.
Consignación: 72.
Consolidación: 56. Falsificación de cheque: 41.
Constitución Nacional: 29, 31, 54. Funcionarios públicos: 9, 45.
Contaminación: 42, 43.
Corralito financiero: 58. Habeas corpus: 53.
Homicidio: 15.
Daños: 15.
Delitos contra la administración pública: | Instituto Nacional de Servicios Sociales 19. para Jubilados y Pensionados: 50.
Desbaratamiento de derechos acordados: | Interpretación de la ley: 20, 21.
10.
Desobediencia: 9. Juicio ejecutivo: 24.
1) Ver también: Privación de justicia, 1.
Compartir
40Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5147
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-5147¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 326 Volumen: 3 en el número: 1099 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
