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Fallos: 323:4486 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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VICTOR HERMES BRUSA
Y Vistos:

En la ciudad de Buenos Aires, alos treinta días del mes de marzo del año dos mil, sereúnen los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación para dictar el fallo definitivo en esta causa N° 2 caratulada "Dr. VICTOR HERMES BRUSA, s/ pedido de enjuiciamiento".

Intervienen en el proceso, por la acusación, los señores representantes del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial dela Nación doctores Miguel Angel Pichetto, Melchor R. Cruchaga y Juan M.

Gersenobitz; y por la defensa, el defensor particular doctor Horacio Humberto Brusa y los defensores oficiales designados en virtud delo establecido en el artículo 17 del Reglamento Procesal de este Jurado, doctores Aníbal José Gilardenghi y Carlos Casas Nóblega.

Resulta:

1) Que por resolución N° 228/99 el plenario del Consejo de la Magistratura acusóal doctor Víctor Hermes Brusa, juez federal dela Ciudad de Santa Fe por la causal de mal desempeño en el cargo, en relación a su conducta, respecto del delito queinvestiga el señor titular del Juzgado Correccional de la 7ma. Nominación de Santa Fe en mérito a lo expuesto en el considerando 1°. En éste se expresó que "esa conducta posterior al accidente, inmediata y mediata contiene un elemento profundamente antiético que repugna ala sociedad y que no puede ni debe ser tolerado. No sólo la conducta omisiva por parte del autor de prestar el auxilio inmediato a la víctima, sino también el hecho de intentar eludir su responsabilidad y obstaculizar la investigación...".

En base a ello, suspendió al magistrado en el ejercicio de sus funciones. Por otra parte desestimó las acusaciones por mal desempeño con metivo de la actuación presuntamente irregular del Dr. Brusa en la regulación de honorarios profesionales y por la presunta comisión de delitos cometidos con anterioridad de su designación como juez federal, sin perjuicio de considerar que ellos implican el aumento del descrédito que afecta al referido magistrado en la sociedad en la que desenvuelve su actividad. Con la acusación se adjuntó el ofrecimiento de prueba que se encuentra agregado a fojas 755/758.

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:4486 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-4486

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