supeditado por dicha parte a la exclusión de la base de cálculo del ahorro obligatorio de los intereses obtenidos por depósitos a plazo fijo y del producto de la venta de BONEX. Por último, cabe señalar que tampoco ha logrado refutar el recurrente la afirmación del a quo en el sentido de que no existe en la causa una prueba terminante que permita realizar la comprobación entre los ejercicios de los años 1986 y 1988 pues los informes del peritaje realizado en autos (fs. 139/141 vta.), atinentes a las rentas por depósitos a plazo fijo y al resultado de la venta de BONEX sólo se refieren a operaciones realizadas en el primero de tales años.
Por ello, se declara admisible el recurso extraordinario en lo ati nente a los planteos examinados en los considerandos tercero a noveno, aspecto en el que se confirma la sentencia apelada, e improcedente en lo que hace a los restantes agravios. Con costas. Notifíquese y devuélvase.
EDUARDO MoLINÉ O'Connor (en disidencia) — Car1os S. FAYT — AUGUSTO
César BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI (en disidencia) — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. López (en disidencia) — Gustavo
A. BossErt — ADoLFo ROBERTO VÁZQUEZ. E
DISIDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MoLINÉ O'Connor Y DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON ENRIQUE SANTIAGO - PETRACCHI Y DON GUILLERMO A. F. López Considerando: Que el recurso extraordinario no refuta todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia apelada. Por ello, se declara inadmisible el recurso extraordinario. Con costas. Notifíquese y, oportunamente, remítase.
EDUuarDo MoLinÉ O'Connor — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — GUILLERMO A. F. Lórez. .
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:2473
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