$%) Que, por último, como lo puntualiza la Cámara, la legislación que regula la actual emergencia económica otorga facultades para encarar situaciones de extrema gravedad como la descripta.
Por ello, Se resuelve:
1) Tomar conocimiento del contenido de la resolución adoptada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, con fecha 18 de abril del corriente año.
27) Remitircopía de la presente al señor Ministro de Educación y Justicia de la Nación, para que. por su intenmedio, el Poder Ejecutivo adopte a la mayor brevedad, las medidas necesarias para conjurar la situación relatada.
Regístrese, hágase saber y fecho, archívese. ENRIQUE SANTIAGO PETRACCIN — Carios S. FAYT Juro SaLvaDOR NAZARENO — RopoLro CARLos BARRa —JuLto CESAR O IJANARTE — Envarno MoLin£ O'Connor.
RESOLUCIONES DE SUPERINTENDENCIA ADMINISTRATIVA.
—N? 138 Buenos Aires, 26 de junio de 1990.Vista la necesidad de dar continuidad a las funciones que el Tribunal encomendara al entonces .
Ministro de la Conte Suprema Dr. Jorge Antonio Bacqué con relación a la supervisión de las cuestiones vinculadas con el desarrollo informático en el Poder Judicial de la Nación: y Considerando:
Que mediante la ercación de la Secretaría Letrada de Informática, por resolución N° 882/88, el Tribunal asignó a una estructura organizativa permanente la elaboración de los planes de incorporación gradual, al Poder Judicial de la Nación, de los modemos sistemas de procesamiento de la información, así como su implementación en el marco de la política administrativa global de esta Corte.Que parael mejor cumplimiento de las diversas funciones encomendadas ala mencionada Secretaría Letrada pora resolución de referencia, resulta necesario mantener el procedimiento que facilite tanto la «ramitación previa de las actuaciones que finalmente debe resolver el Tribunal, como la adopción de .
decisiones cuyos alcances no requieren una evaluación plenaria.Por ello, .
Se resuelve:
1) Asignar a los señores Ministros doctores don Rodolfo Barra y Mariano Cavagna Martínez:
4) La supervisión de las actuaciones que tramita la Secretaría Letrada de Informática, dependiente de la Secretaría de Superintendencia Administrativa del Tribunal.b) La resolución de aquellas cuestiones, que hagan a str intervención, y que no requiera la del señor .
Presidente odel Tribunal en pleno. de conformidad con las nomas legales y ddministrativas en vigencia.
Compartir
83Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1990, CSJN Fallos: 313:58
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-313/pagina-58¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 313 Volumen: 1 en el número: 58 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
