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Fallos: 312:721 de la CSJN Argentina - Año: 1989

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justicia federal, datos relativos al hecho principal. Añadieron que en mérito a tal vinculación y a que, pese a su condición de oficiales superiores, por sus funciones y la calidad de los delitos, no se hallan excluidos de la ley 23.521, se los debía declarar comprendidos en ella.

39 Que en tanto el hecho presuntamente conexo que tuvo por víctima a Elena D.A. Holmberg no es de aquellos a que se refiere el artículo 10, inciso 1, de la ley 23.049, únicos comprendidos en el ordenamiento legal cuya aplicación se pretende (art. 1, primer párrafo, de la ley 23.521), la excepción planteada ha sido bien rechazada.

En efecto, toda vez que la Cámara Federal afirmó en la sentencia dictada en la causa N?° 13/84, al tratar el episodio aludido (caso N° 689), que era "insoslayable la ausencia de prueba objetiva directa que relacione de manera inequívoca al hecho de mención con las fuerzas a cargo de alguno de los procesados que contemporáneamente ejercían el rol de comandantes en jefe" (Fallos: 309:1488 ), no corresponde tener por probado tal extremo.

Por otra parte, la defensa, excepto esa insuficiente referencia a la - .

causa aludida, no ha demostrado que el suceso al que ha tenido como hechoprincipal haya sido ejecutado por personal militar delas Fuerzas Armadas, de fuerza de seguridad, policial o penitenciaria bajo control _operacional de las primeras, en cumplimiento de operaciones emprendidas con el motivo alegado de reprimir el terrorismo.

Por ello y lo concordemente dictaminado por el señor Procurador Fiscal, se confirma la resolución de fs. 595/596. , Jost SEVERo CABALLERO — AuGusto CÉSAR BELLUSCIO — Caros S. FAYr — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JorcE ANTONIO BACQUÉ.

JUAN ANTONIO TANCREDI y Orzos v. BANCO CENTRAL DE 14 .

REPUBLICA ARGENTINA ,
RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia. Juicios en que la Nación "es parle.

Para la procedencia de la apelación ordinaria en terecra instancia, en causa en que la Nación, directa o indirectamente, reviste el carácter de parte, resulta

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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:721 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-312/pagina-721

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