FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 3 de mayo de 1988.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Reboiras de Chiappe, Ilda Etelvina d/ Altavista, Juan Carlos y otros", para decidir sobre su procedencia. - .
Considerando: .
Que, a juicio de esta Corte, no se advierte un caso de arbitrariedad quejustifique su intervención en materias que, según el art. 14 delaley 48, son ajenas a su competencia extraordinaria.
Por ello, se desestima la queja. Aucusrto César BeLLuscio — Cartos S. FAYr (en disidencia) ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JORGE ANTONIO BacquÉ.
DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTICO DOCTOR DON' Carros S. FAYr Considerando: .
1) Que contra el pronunciamiento de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que confirmó el fallo de primera instancia que había rechazado la demanda de indemnización de daños derivados de la utilización indebida de un personaje creado por el causante de la actora, ésta dedujo el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja. - 2) Que el a quo niega la existencia de creación intelectual en el personaje de Chiappe y lo identifica con seres vulgares no susceptibles de apropiación ni de protección legal.
3?) Que, la Cámara no tuvo en cuenta que la originalidad que protege la ley 11.723 no tiene por qué ser absoluta sino que alcanza también a la creación intelectual en la que se utilizan elementos preexistentes como en el caso sub examine. .
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:676
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