de Cámara el representante del Frigorífico "River Plate" el cual después de analizar la misma solicita definitivamente la confirmación de la sentencia dictada a fs. 87 por el Sr, Juez Nacional de San Nicolás.
A fs. 148 el representante de "Gral. Accident Fire And Láfe Assurance Co, Ltd", contesta igualmente la expresión de agravios del Fiscal de Cámara, solicitando definitivamente:
1) 1.4 por contestada la expresión de agravios. 2°) Confirmación de la sentencia de primera instancia en todas sus partes y 3) Se impongan las costas de la instancia a la parte reetirrente, A fs. 168, la Excma, Cámara Federal de la ciudad Eva Perón dictó sentencia resolviendo; °'que como lo ha decidido la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el enso Walman, Rosemberg y Kreplak, para que una resolución sea eapaz de provocar la defensa de cosa juzgada, es menester que ésta presente el carácter de definitiva, carácter que sin lugar a dudas no puede revestir un pronunciamiento que no se ajuste al ordenamiento legal establecido para la materia de que se trata.
Que como lo puntualiza el Alto Tribunal, las decisiones de la Aduana deben ser necesariamente absolutorias o condenatorias quedando excluida la posibilidad de que un sumario aduanero finalice con un sobreseimiento en razón de no estar previsto ni autorizado por las ordenanzas... ; termina en definitiva la Exema, Cámara por de consideraciones acotadas, dietamen del Sr. Fiscal de Ci y fundamentos de la Suprema Corte Nacional, desestimando E defensas de cosa Ar opuesta actora y revocando la sentencia apelada . 87, cirbiendo p ronunciarse el Sr. Juez Federal de San Nicolás sobre las A cuestiones plantendas en autos y que no fueron tratadas, Notificadas las partes, el Sr. Fiscal de Cómara a fs. 171 solicita se resuelva sobre la imposición de las costas, interponiendo subsidiariamente recurso para ante la C. S. Nacional.
A fs. 171 vta, la Exema. Cámara declaró las costas por su orden y concedió recurso para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (ley 4055, art. 3, ine. 2).
A fs, 171 el representante del Frigorífico "Las Palmas" interpuso recurso extraordinario para ante la Corte Suprema de la Nación, contra la sentencia de fx, 168.
A fs. 175, el Sr. representante del Frigorífico "River Plate" interpuso el recurso ordinario dé apelación del art. 27, ine, 3", ley 4055 y en su enso el extraordinario del art. 14 de la ley 48, contra la sentencia de fs. 168.
A fs. 183, la Excmo. Cámara úeelaró improcedente los
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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:87
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