la diferencia entre la feeha de la venta de dicho terreno y la de toma de posesión del inmueble expropiado es de sólo 8 días, Continúa arguyendo que las dos ventas que analiza en planilla por separado determinan valores homogeneizados easi iguales a la venta n° 1, por lo que el valor unitario del terreno expropiado _ eomputado el coeficiente de medida 1,14 es de 5 402 m/n., 0 sea $ 56.000 m/n. por toda la superficie que se expropia, _Objeta asimismo, por las razones que expone, el valor asignado a las mejoras, que estima en $ 36.510 m/n. y el de los daños en $ 15.200 m/n.; $ 137.700 m/n el importe de este rubro, El experto de la parte actora (fs, 121) aduee que debió haberse tomado un mayor número de ventas e en la za. eon el objeto de poder aplicar una más correcta media aritmética depurada. ya que el promedio obtenido en la misma se aparta en eerea de un 35 y 25 de los valores extremos superior e inferior respectivamente, La Sala 2 al considerar, a fs. 122/123, las objeciones tle los representantes de las partes demandada y aetora, mantiene la tasación del terreno en $ 61.200 m/n.. efecinada por la Oficina Técnica de dicha Sala 9, y eleva el valor asignado a las mejoras a la suma de 8 31.200 m/n.; es decir, tasa en total en $ 93.100 el inmueble, ala fecha de la desposesión y por su valor objetivo.
En la sesión de que instruye el acta de fs, 127, el Tribunal e Tasaciones, en pleno, por mayoría de sus miembros, avalúa Linmueble que se expropia, a la feeha de la toma de posesión, en la suma de $ 95.100 m/n.. por su valor objetivo y sin eonsiderar indemnización de ninguna otra naturaleza. Votó en tlisidencia el experta que representó a la parte demandada, quien se remite a los términos de su escrito ya citado, Cuerto: No parecen justas, en enanto al valor asignado al terreno las impuenaciones del profesional que lleva al tribmal administrativo la palabra de la parte demandada, a pesar de la abundancia de reflexiones con que quiere respaldarias; y no lo parceen, porque es razonable la apreciación de aquel organismo. pues es justa la conclusión a que arriban la Oficina Téenica y la Sala ? de la dependencia oficial, basada en la hibicación del inmueble con respeeto a la importancia eomereial de la eslle Marengo, al número de ventas tomadas en eventa por la fecha de venta más próxima a la feeha de desposesión del bien de que se trata. a la exclusión de otras por ser muy dispares con el terreno de autos por estar a mayor distancia que Las eonsidoradas, por haberse realizado sus ventas eon mueha anterioridad a la ferha de toma de posesión y por tratarse de
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Año: 1954, CSJN Fallos: 230:283
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