"en euestión, En definitiva, la denegatoria de la reincorporación sin devolución de los aportes retirados, por no habérsela pedido durante la vigencia de la ley que la establecía, importa la exigencia de una mayor rontribución económica por parte del interesado para la obtención de su jubilación, lo que no se diferencia, sino en favor del recurrente, de la exigencia de más años de servicio que la misma jurisprudencia invocada declara constitucionalmente regular para los empleados en actividad —Fallos: 219, 343—.
En su mérito y habiendo dictaminado el Sr. Procurador General, se confirma la sentencia apelada de fs, 32 en lo que ha podido ser objeto de recurso extraordinario, Ropouro G. VaLenzuena — Tomás D. Casanes — Ferre Saxtiaco Pérez — Artio Pessaovo — Luis R, Los
GH,
SUSANA CARLOTA PACHECO SANTAMARINA DE
BUSTILLO v. CAFE PAULISTA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de la Constitución Nacional, Procede el recurso extraordinario, no obstante la imperfeeción literal ron que se lo dedujo y aunque aparente mente sólo se haya debatido la aplicación de una simple eláusula contractual, regida por disposiciones del Código Civil, si en tiempo y forma se ha planteado en el juicio y ha sido objeto de la resolución apelada, una cuestión que afecta esencialmente uno de los atributos de la so
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Año: 1953, CSJN Fallos: 225:135
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