Ll FALLOS DE LA CORTE SUPREMA año comunicarán las modificaciones que hubiera experimentado en el precedente.
Estadútica. 34) En febrero, junio y octubre de cada año los jueces remitirán a la Corte Suprema por triplicado, la estadística correspondiente al período anterior con las constancias que requieran los formularios que a ese efecto preparará la Corte Suprema, 0, con la autorización de ésta, las respec1 tivas cámaras de apelaciones. De igual modo las cámaras de apelaciones enviarán las estadísticas de su labor por duplicado a la Corte Suprema.
Regtete ae 35) Las cámaras de apelaciones y los juzgados cr llevarán un registro de los expedientes en estado de ser resueltos, clasificados separadamente por orden cronológico de "ntrada a sentencia y por la índole de las causas. En esta segunda parte del registro serán especialmente señalados los juicios de preferente despacho.
Entes ¡de 36) Las causas serún resueltas en el orden de _ su entrada a sentencia. Sin embargo, serán de preferente despacho los recursos de hábeas corpus y de hecho; las causas sobre derecho de reunión; servicio militar; las de naturaleza penal; los juicios de alimentos, indemnizaciones por incapacidad física, cobros de salarios, sueldos y honorarios, jubilaciones y pensiones; las cuestiones de competencia y medidas precautorias; las ejecuciones fiscales y los interdictos, acciones posesorias e incidentes.
Excepcionalmente se podrá disponer la :
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Año: 1952, CSJN Fallos: 224:588
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