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Fallos: 220:822 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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doscientas eincuenta, las que se habrían transportado a Puerto Galván, enterándose después que dicho producto había sido trasbordado al buque español "Monte Naranjo".

Que dispuesto el comprendo del mencionado Bronee, que resultó ser el ciudadano Jorge Bronzi, el mismo expresa en su declaración que efectivamente, siendo tripulante de la lancha "La Whitense", de propiedad de D. Pascual Russo, intervino en el traslado de doscientas diez bolsas de arúcar que fueron cargadas en la lancha de referencia a las siete horas en el Muelle Nacional trasbordadas a un buque de bandera española cuya nombre no recuerda, atracado en el muelle de Puerto Galván, Que la mercadería era de propiedad de D, Andrús Pérez, quien abonó la suma de doscientos cincuenta pesos por el transporte y que la operación quedó finiquitada a las ocho horas del mismo día a fines de mayo de 1946, Que requerida una ampliación de las precedentes deelaraciones, manifestó que en los acontecimientos de que se trata intervinieron los hijos del patrón de la Jancha y los tripulantes Vicente Córdoba y Constantino Vitaquis, siendo Andrés Pérez hijo quien arregló y dispuso el cargamento, Que citado Andrés Pérez, reduee sus declaraciones a una pos —- —l de haber intervenido en el embarque que se investi Que radicado el sumario en la Sub-Prefectura de Bahía Blanea, el instruetor dispone el comparendo de D, Juan Russo, quien manifiesta en sus declaraciones que entre los días 26 y 30 de mayo de 1946, encontrándose reparando la lancha "Ta Whitense"', fué entrevistado por Andrés Pérez, de profesión proveedor marítimo. a fin de contratarlo para un viaje desde Muelle Nacional a Puerto Galván con mereaderías para un Aque le bandera expañole, Que en ma opertmidad no se Cerró trato en razón de que tenía que consultar con un hermano, propietario y patrón de la embareación, Que al efectuar la —consulta se le observó que no interviniera en esa clase de operaciones para acceder después en virtud de las seguridades manifestadas por el contratante de tener en regla la documentación, negándose, sin em, a efectuarla en horas de la madrugada, lo que se habría realizado algo más tarde de

Y A
cional se encontraban presentes el mencionado Pérez, un agente de la Policía Aduanera, algo más distante $ marinero de la Policía Marítima y los tripulantes de la lancha, Pascual Russo (hijo), Vicente Russo, el deponente, Costas Vitaquis, Jorge Bronzi y Vicente Córdoba.

Que indagados, Vicente Antonio Córdoba (fs. 16 a 18),

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:822 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-822

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