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Fallos: 214:509 de la CSJN Argentina - Año: 1949

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H. GAGLIARDI v. ROSA RAGONETTI

RECURSO DE REPOSICION.
"N El recurso de reposición es improcedente contra las resoTuciones de la Corte Suprema (').


RECURSO DE ACLARATORIA.
a, El recurso de aclaratoria fundado en la existencia de error Ven que la misma recurrente habría incurrido, es improcedente contra la resolución que se ajusta a lo manifestado por aquélla (?).


LAURENTINO GUTIERREZ v. Cía. SWIFT DE LA

PLATA 5. A,
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales, Intro.

ducción de la cuestión federal. Oportunidad.

N El requisito referente al oportuno planteamiento de la cuestión federal, base del recurso extraordinario, se funda en que el desarrollo de los pleitos se rige por las leyes procesales, de modo que la invocación de un derecho fundado en una norma federal, fuera de la ocasión que los preceptos procesales prevén para la introducción de los puntos de derecho en la enusa, no basta para sustentar el recurso mencionado cuando los jueces ordinarios no se consideran habilitados para tratar la cuestión u omiten al respecto cualquier pronunciamiento, porque xu actitud se basa en razones cuya revisión no incumbe a la Corte por la vía del recurso extraordinario.

Esa regla reconoce, sin embargo, la excepción de la defensa de prescripción, pues el art. 3962 del Código Civil permite oponerla en cualquier estado del juicio, anterior al tiempo en que la sentencia haya pasado en cosa juzgada.

0 ir de setiembre de 1949, Fallos: 200, 372; 212, 443.

2) Fallos: 212, 443.

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Año: 1949, CSJN Fallos: 214:509 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-214/pagina-509

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