E: "" FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
3 ARRIGO MOROSINI (cEsIioNARIO DE MANUEL DE LA a ORDEN Y PABLO MESPLES) v. FISCO NACIONAL n RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Gravavivi.
Es improcedente el recurso extraordinario contra la senE tencia respecto de la cual ha sido bien concedido el re curso ordinario de apelación.
E RECURSO DE NULIDAD.
a Quien no dedujo el recurso de mulidad contra la sentencia ES de primera instancia fundado en una supuesta irregulari dad respecto de la cual tampoco hizo cuestión en la rese pectiva apelación, no puede interponer después aquel reE curso ni hacer valer dicho defecto contra el fallo del E tribunal de segunda instancia.
í DAÑOS Y PERJUICIOS: Culpa. Eztracontractual.
El demandado que obtuvo el reel > de la acción por Ñ haberse operado la prescripción de la misma, sin que FE mediara pronunciamiento acerea de la pretensión del dey mandante, no puede exigir válidamente el resarcimiento de los daños y perjuicios que pretende haber sufrido como E consecuencia del embargo decretado en el juicio a pedido q de la parte actora, fundado en que a ésta no asistín el de recho en resguardo del cual logró esa medida precautoria E y no en una irregularidad formal en la obtención "de la a misma.
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL — Salta, 22 de abril de 1946.
E Y vistos: El presente juicio por daños y perjuicios semido por Arrigo Morosini, como cesionario de Manuel de la Orden y Pablo Mesples contra la Nación, exp. n? 18740/945; y Resultando:
Que a fs. 5/6 se presenta el procurador don Angel R.
Bascari, en representación de Don Arrivo Mo-osini acreditando su personería como surge de la provivencia de fs, Gevta., y y »xpone: Que su mandante es cesionario de los Sres, Manuel de a + Orden y Pablo Mesples, como consta en el testimonio coE -
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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:446
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