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Fallos: 204:269 de la CSJN Argentina - Año: 1946

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FERROCARRILES: Generalidades.

La mención del eapital de la empresa del Ferrocarril Oeste de Buenos Aires contenida en el deereto del 27 de septiembre de 1890 que le acordó personería jurídica, no tiene otro fundamento que las constancias de los estatutos mi otro alcance que el de fijar el límite del capital con el eual la sociedad era autorizada a actuar en el país y no importa, en modo alguno, reconocimiento del capital lnvertido en la explotación de la concesión del ferrocarril, tanto menos ade que a ciedad se constituyó, además, para muchos otros fines.

FERROCARRILES: Generalidades.

Los deeretos del 27 de octubre de 1909 y 6 de mayo de 1910 por los cuales el P. E. Nacional desconoció que la suma de $ 5.796.084 formase parte del capital del Ferroearril Oeste de Buenos Aires no importaron revoes- —/ de úeecho ndquirdo alguno de la emprea mi vielación empresa ni del art. 17 de la Const. Nacional, — FERROCARRILES: Generalidades.

La opción por el régimen de los arts. 8 y 9 de la ley 5315 formulada 'por el Ferrocarril Oeste de Buenos Aives importó aceptar la determinación de su capital por el P. E.

Nacional conforme a lo establecido por dichas disposiciones, con prescindencia de que ello fuera o no compatible con las estipulaciones de la concesión anteriormente vigente.

FERROCARRILES: Generalidades.

Las acciones emitidas por una empresa ferroviaria para pagar gestiones o comisiones no pueden ser consideradas somo espitl efectivo o precio de mada que en el orden de la explotación integre real y válidamente el espital de ella.

SENTENCIA DEL Juez Froenat Bs. Aires, mayo 21 de 1943.

Y vistos: Para resolver en definitiva este juicio seguido la empresa del Ferrocarril Oeste de Bs. Aires Ltda. contra Re Nación, sobre reconocimiento de una emma de dinero como parte integrante de capital, y

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Año: 1946, CSJN Fallos: 204:269 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-204/pagina-269

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