san —..-. ADUANA | a " ACTOS ADMINISTRATIVOS. Ver: Compra-venta, 1, 2; ConstituUN ción Nacional, 15; Pensiones Militares, 4.
Ve ACTOS PUBLICOS Y PROCEDIMIENTOS JUDICIALES. Ver:
— Recurso extraordinario, 7.
37 y ACUMULACION DE BENEFICIOS. Ver: Jubilación de Emplea| dos de Empresas particulares, 1, 2.
É ADUANA (1).
E Impertación.
E Libre de derechos.
E 1. El art. 4 de la hy 11.281 exime de derechos al hilo necesan rio para coser bolsas de arpillera tanto nuevas como usa das. Página 349.
Papel.
E 2. La circunstancia de que el papel importado haya sido emE pleado en la impresión de un diario no basta para liberarlo | del pago de derechos de importación si no reunía los requisitos exigidos por el art. 13, 2' parte, del decreto del 16 de diciembre de 1932, vigente en la época de la introducción, o por el decreto del 18 de julio de 1925 a que aquél se re| fiere. Página 22, :
Tránsito y removido.
E 3. El mejoramiento de los frutos llegados al país en tránsito .
L al exterior en forma tal que equivalga a exportar un fruto | de valor superior al que antes tenía, lo mismo que la sus titución de aquéllos por otros de igual especie y calidad E pero de mayor valor, no están prohibidos ni penados aunE que se haya pagado en concepto de derechos de estadística E una suma menor que la correspondiente al aumento de vaFe lor. Página 121.
E Manifestación inexacta.
P 4. Es improcedente la aplicación de multa por falta aparente E de cierta cantidad de piezas que por error aparecen como E despachadas en el certificado de origen. Página 98.
E 1) Ver también: Constitución Nacional, 14; 1 to a los rédi | 2; audición Si Ct 17; Preseripción, 15,16. . "_ É a
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Año: 1944, CSJN Fallos: 200:508
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