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Fallos: 200:482 de la CSJN Argentina - Año: 1944

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—ee FALLOS D LA CORTE SUPREMA E Había declarado la invalidez del impuesto urbi et orbe.

E . Legalmente debe admitirse que los contendientes agotaron todas las razones que poseían en pro o en | contra, acerca de la cuestión comprometida en la litis.

El decreto acordando la autorización para demandar de nuevo por otras razones, llegaba a destiempo, pues la causa no estaba pendiente; era caso ya juzgado.

Que de aplicarse tal decreto al juicio seguido entre Giraudo Aureliano T. y otros (entre los cuales está incluído el recurrente) contra la Provincia de Buenos Aires, sobre impuesto al consumo, pronunciado por esta Corte el 16 de agosto de 1937, se violaría el principio de la división de los poderes establecido por los arts. 67, inc. 11, 86, inc. 5", y 94 y 95 de la Constitución Nacional —Fallos: 184, 620; 185, 32; SEGovia, Comentario al art. 4° del Código Civil; Wi.Lovamey, 1064 y 1058; CoorLev, pág. 134 y sigtes.

Que, por lo demás, apenas se concibe que sobre la $ declaración de irconstitucionalidad de una forma dey terminada de percibir un impuesto, la propia Provincia que mandó cumplir la sentencia correspondiente solicite luego la devolución de lo que ella pagó como efecto de tal sentencia. No sólo se opone al progreso de esta segunda acción el principio de la cosa juzgada sino el efecto propio de la declaración de inconstitucionalidad.

E Que de aceptarse el procedimiento arbitrado de E devolver con una mano lo que reclama con la otra incurriría la Provincia en una visible contradicción: los 190.000 litros de vino y fracción sobre los cuales cobró los $ 7.600 y fracción en concepto de tributo al consumo restituídos al actor por la sentencia de la Corte son exactamente los mismos que sirven de base ahora, varios años después, para promover la presente ejecución.

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Año: 1944, CSJN Fallos: 200:482 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-200/pagina-482

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