dad del ocurrente, que bajo las marcas y números contenidos en la relacion de f... habian sido introducidos sin cl correspondiente manifiesto, Que llamado el interesado á dar esplicaciones al respecto, espuso ante el Administrador que no habia podido presentar en oportunidad el manifiesto de esas mercaderías por haberlo perdido antes de su llegada á esta ciudad, el correista de Chile que lo traía 4 la mano y que estaba dispuesto á justificar que dicho manifiesto habia sido sacado á tiempo del Consulado Argentino en los Andes, agregando que no habia pedido el despacho de esas mercaderías esperando el duplicado del manifiesto consular perdido.
Que con esta esposicion el Administrador resolvió en los términos de la providencia de f. 3, condenando al ocurrente de conformidad al artículo 1017 de las Ordenanzas de Aduana al pago de una multa igual al valor de los derechos de importacion de las mercaderías enunciadas. N Que ocurriendo ante este Juzgado contra dicha resolucion el interesado ha insistido en su esposicion hecha ante el Administrador de Rentas, agregando además que en la relacion de las mercaderías formada por la Aduana, ha incurrido esta en errores materiales que lo perjudican, aumentando en varias partidas la cantidad de mercaderías introducidas, y que igualmente ha comprendido en dicha relacion y su reso'ucion, efectos que incluidos en manifiestos despachados el -ño próximo pasado, no habia podido sin embargo introducir, habiendo sa- tisfecho en aquella época los derechos de ellos, dándolas como introducidas. i Que el Procurador Fiscal nombrado ad hoc, contestando la peticion del interesado, ha manifestado su conformidad con que la causa ss abra á prueba respecto del hecho de la pérdida del manifiesto en cuestion, pidiendo se remita ú la resolucion del administrador lo relativo al reclamo por los errores en la rela
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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:279
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